Con gran convocatoria finalizó el “Conversando Con” la Seremi del Trabajo y Previsión Social sobre el “Teletrabajo en la actualidad”

Con la presencia de la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Denisse Madrid, el pasado martes 14 de abril se desarrolló el conversatorio “Teletrabajo en la actualidad”, en el cual la autoridad expuso sobre la Ley N° 21.220 del trabajo a distancia y teletrabajo.

Con la presencia de la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Denisse Madrid, el pasado martes 14 de abril se desarrolló el conversatorio “Teletrabajo en la actualidad”, actividad online organizada por la Escuela de Liderazgo de los Campus Bellavista y Los Leones, en el cual la autoridad expuso sobre la Ley N° 21.220 del trabajo a distancia y teletrabajo, que contó con la participación de 45 estudiantes y académicos.

Debido a la actual contingencia del COVID-19, el Parlamento aprobó la legislación en esta materia. En esa línea, Denisse Madrid explicó que la regulación hace distinción entre teletrabajo y trabajo a distancia. “El teletrabajo es la utilización de medios tecnológicos o informáticos que me permiten comunicar con mi empleador; en cambio, en el trabajo a distancia se prestan servicios que no tienen que ser exclusivamente en una instalación de la empresa, por ejemplo, vendedores de seguros e Isapres, visitadores médicos, o actividades en que gran parte de la labor se realiza en terreno”, enfatizó.

Asimismo, la Seremi indicó que el momento para pactar estas modalidades, puede ser una vez que se inicia el contrato o durante la vigencia de la relación laboral, y existen una serie de requisitos y condiciones bajo las cuales opera. “Ambas partes deben de estar acuerdo, se debe definir el lugar o los lugares donde se prestarán los servicios, los mecanismos de supervisión o control que va a utilizar el empleador, indicación expresa en caso de haberse acordado que el trabajador a distancia podrá distribuir su jornada en el horario que mejor se adapte a sus necesidades y el tiempo de desconexión que son 12 horas”, dijo Madrid.

Finalmente, la autoridad de Trabajo y Previsión Social, destacó que “los trabajadores sujetos a esta modalidad tendrán los mismos derechos individuales y colectivos contenidos en el Código de Trabajo. No se considerará teletrabajo o trabajo a distancia si el trabajador presta servicios en lugares designados y habilitados por el empleador, aun cuando se encuentren ubicados fuera de las dependencias de la empresa”.

Francisca Araneda, estudiante de Tecnología Médica, destacó que el conversatorio fue bastante productivo, ya que “la charla fue interesante y se entregó información no sólo relacionada con el teletrabajo. También, se nos dieron a conocer distintas instancias y material para empezar a conocer el mundo laboral, algo muy necesario para quienes nos encontramos estudiando y que en un futuro cercano seremos profesionales”.